REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
MAGISTRADOS DE LA SALA PLENA
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Nosotros, El Pueblo de La República Bolivariana de Venezuela depositario
directo de nuestra soberanía, de la cual
emanan los órganos del Estado y a la que están sometidos; en ejercicio de
nuestros Poderes Creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo
geo-humano de nuestros ancestros interactuando en nuestro territorio que data
desde el precámbrico, cuyo transcurrir
más cercano lo relata nuestra historia durante los últimos 600 años, que
podemos resumir con la heroicidad de Guaicaipuro_Miranda_Bolívar_Zamora_Chávez.
En este acto coordinado por Fernando Enrique Alzuru Calderón, titular de la
cédula de identidad Nº V-3.976.306, debidamente asistidos por los profesionales
del derecho: Dr.: Roque Calixto Davis Davis, inscrito en el Inpreabogado bajo
el Nº 30.035 y la Abogada Josefina Claret Esqueda de Bracca, Inpreabogado N°: 268.062. Actuando en Asambleas de
Ciudadanos y Ciudadanas como medio de
participación y protagonismo del Poder
Popular en uso de las atribuciones que
nos confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela al
ejercer la Democracia Directa Participativa y Protagónica como Poder Popular
Constituyente Originario en base al
Preámbulo , los artículos 1, 4, 326 y
347, 5, 70, 350 y Las Leyes del Poder Popular; recurrimos ante ésta Sala con el
fin de solicitar que los Diputados Principales electos para el período 2016-2021
que firmaron el “ACUERDO SOBRE LA REACTIVACIÓN DEL PROCESO DE APLICACIÓN DE LA CARTA INTERAMERICANA DE LA OEA”; sean
declarados en flagrancia, en base a los Principios Generales del Derecho, de acuerdo
al Art. 200 de la CRBV y en tal sentido se les juzgue por TRAICIÓN A LA PATRIA de acuerdo al Código Penal: Libro Segundo, Título I, Capítulo I, Artículo: 128. Donde se establece: “Cualquiera
que, de acuerdo con país o república extranjera, enemigos exteriores, grupos o
asociaciones de terroristas, paramilitares, insurgentes o subversivos, conspire
contra la integridad del territorio de la patria o contra sus instituciones
republicanas, o las hostilice por cualquier medio para alguno de estos fines,
será castigado con la pena de prisión de
veinte a treinta años.” Por lo cual también transgreden El Plan de La Patria
que se fundamenta en los principios y valores de la Carta Magna, los cuales
procuran la mayor suma de felicidad social y estabilidad política para nuestro pueblo venezolano inspirado en el
ideario antiimperialista del Padre Libertador Simón Bolívar, cuyo Gran Objetivo
Histórico Nº 1 establece:“Defender,
expandir y consolidar el bien más preciado que hemos reconquistado después de
200 años: LA INDEPENDENCIA NACIONAL…”. Ante la
urgencia del agravio infringido a la República por las consecuencias internas y
externas derivadas de las acciones referidas en escalada y a las cuales recurren los actores señalados con acciones
terroristas que afectan el libre desenvolvimiento
cotidiano de los(as) ciudadanos(as) en algunos lugares puntuales de la
República que pueda justificar el expediente mediático para planificar una intervención
directa a nuestra Patria. Solicitamos, omitiendo las
formalidades no esenciales de la causa: un procedimiento
expedito, directo, sin dilaciones que constituye un instrumento
fundamental para la realización de la Justicia. Que los procedimientos se orienten por los principios de
inmediación, concentración, brevedad, oralidad, publicidad aplicables al
procedimiento ordinario con el fin de
garantizar los Principios Fundamentales
de la Seguridad de La Nación fundamentados en la corresponsabilidad entre los órganos
del Poder Público y el Poder Popular Constituyente Originario actuando en su
carácter de Poder diferenciado del Conjunto de Poderes , teniendo como base de
sustentación que la Soberanía reside en el pueblo, quienes la ejercemos directamente.
Esperando que la admisión del presente recurso fortalezcan nuestro ordenamiento
jurídico, la ética, la moral, el control social sobre los asuntos públicos, el
imperio de la Ley y la Justicia, en La República Bolivariana de Venezuela, a la
fecha de su presentación. Firman conformes el Conjunto de Organizaciones y Grupos
de Trabajo del Poder Popular, Ciudadanas y Ciudadanos venezolanos inscritos en
el Registro Electoral Permanente.
Nº
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Organización del PP / Nombre y apellido
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Nº cédula / Rif
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Firma /Representante Legal
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